domingo, junio 07, 2026

La inclusión en el Movimiento Scout: Desafíos, obstáculos, límites

 


               La idea de escribir sobre el tema de la inclusión en el Movimiento Scout surge a partir de lo que se escucha o se lee sobre el tema en lo general, pero también sobre lo que he leído de las instituciones que se convierten en mandatos para los grupos scouts, donde lo “políticamente correcto” a veces arrasa con lo razonable. Si lo que sigue de aquí en más sirve para pensar, el objetivo estará cumplido.

               Existen tres normas centrales que orientan este escrito (1) Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) – jerarquía constitucional (2) Ley 26.061 – Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (3) Ley 26.206 -Educación que involucra a las distintas organizaciones sociales-

               El primer punto que debemos tener en claro es que ninguna organización de la sociedad civil puede rechazar a quien quiere inscribirse en ella sólo por poseer un diagnóstico médico. Existen una serie de obligaciones necesarias para la inclusión que se denominan AJUSTES RAZONABLES donde la organización debe realizar las adaptaciones para que quien participa lo haga en igualdad de condiciones. Los ajustes razonables (según la CDPD) no son ilimitados y no pueden imponer una carga desproporcionada e indebida a las organizaciones que deben implementarlo. Trabajemos sobre este punto.

               Los AJUSTES RAZONABLES siempre se realizan en función de una persona en particular, lo que requiere de la evaluación de la situación. No es exigible a un grupo scout que cuente con recursos médicos o terapéuticos, ni que provea de un recurso permanente (apoyo) especializado para la atención exclusiva del niño, como en las escuelas donde la permanencia en el aula de algunos niños y adolescentes en inclusión es posible a partir de un recurso humano especializado permanente, financiado por el Estado a través del sistema de salud o del sistema de educación formal. Si sucediera que el participante requiriese de acompañamiento/apoyo debe ser tramitado por la familia en los lugares correspondientes como la Obra Social o Seguro de Salud.

               En el sistema educativo formal muchos niños en inclusión tienen acompañamiento especializado permanente, y parte de ellos no participan de la jornada completa lo que implica que en algunas oportunidades la participación plena es un objetivo pero su cumplimiento no es instantáneo sino que requiere de la utilización de distintas estrategias como participación parcial, apoyo permanente y apoyo casi-permanente. Sería una CARGA DESPROPORCIONADA E INDEBIDA en el caso de que el NNAyJ  lo requiera, pretender que el grupo scout provea de un recurso permanente como apoyo a la inclusión. Esto tiene que ser claro, para el grupo scout y la familia.

               No hace mucho tiempo las noticias informaban sobre la trágica muerte por ahogamiento de Renata ocurrida en la pileta de un centro terapéutico. Tenía 13 años, un diagnóstico de TEA y problemas motrices. En los videos -que se hicieron públicos- se observa como su acompañante se retira de la pileta durante un tiempo, momento en el que se produce la tragedia. El riesgo y la necesidad de supervisión directa no son cuestiones menores en la inclusión. El grupo scout con el COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES QUE atienden al NNAyJ deben evaluar los riesgos de las distintas actividades scouts, una por una, para de esa manera mitigarlos o de ser necesario restringir la actividad proponiendo una actividad alternativa para el NNAyJ.

               Evaluar cada actividad implica preguntarnos por el RIESGO CONCRETO, por ejemplo:

-            Cocina de campamento / fogón. ¿existen riesgos por acercamiento excesivo del fuego?

-            Caminata nocturna ¿existen riesgos de desorientación?

-            Uso de herramientas ¿existen riesgos de impulsividad o falta de coordinación?

-            Escalada ¿riesgos de caída por dificultades motoras?

-            Baño en arroyos ¿riesgo de ahogamiento por dificultades motoras o falta de comprensión del riesgo en sí mismo?

-            Permanencia en el lugar ¿riesgo de fuga de lugar de acampe?

-            Etc.

               Una vez evaluado el riesgo, se propone el ajuste razonable, como sería el uso de chaleco salvavidas en un actividad acuática, pero a su vez debemos sopesar  la necesidad  de supervisión uno-a-uno en las actividades, lo que implica un apoyo continuo mientras se realiza la actividad, por ejemplo ante riesgos de impulsividad o de problemas de coordinación de un NNAyJ que va a hacer uso de herramientas. He leído por ahí que se dice que el funcionamiento del sistema de patrullas implica la inclusión automática en tanto por el modo de funcionamiento la patrulla acompaña a cada uno, cosa que es cierto, pero también depende de las circunstancias en tanto la supervisión o acompañamiento permanente corresponde a los adultos responsables y no a los pares.

               Un tema aparte es el caso de que el NNAyJ por alguna condición física utilize pañales. Es necesario que en los lugares de acampe existan lugares con donde el cambio pueda  realizarse con las  mejores condiciones de higiene posible, de la misma manera que no es recomendable que dicho cambio quede a cargo de los dirigentes sino de Acompañantes Terapéuticos del NNAyJ, de la  misma forma sucede en las escuelas y esto es preventivo respecto de cualquier situación de abuso hacia el NNAyJ como de interpretación de abuso y denuncia por parte de los padres. Debemos cuidar a los niños, y también debemos cuidar a los dirigentes.


La recepción de un NNAyJ en condición de discapacidad

               Ha pasado en más de una ocasión que un padre inscribe a su hijo/a a los scouts sin informar de su condición de discapacidad, en algunas ocasiones no han existido inicialmente dificultades, al darse cuenta de las dificultades los dirigentes simplemente realizaron las adecuaciones necesarias y conversaron con los padres sobre la situación del niño y qué trayectoria realizaría en el grupo. En otras circunstancias los dirigentes “de golpe” se encontraron con una situación de desregulación conductual o crisis para la que no están preparados para abordar ni contener, luego del susto y del llamado a la ambulancia los padres comentan que lo mismo le pasa en la escuela pero allí está su acompañante terapéutico, si los dirigentes le preguntan por qué no informaron de la situación, la respuesta en algunas ocasiones ha sido “el neurólogo me dijo que le iba a hacer bien los scouts para aprender a regularse, que uds sabían trabajar bien, no me dijo que precisaba de un  Acompañante Terapéutico”.

               Siempre es recomendable realizar una entrevista con los padres y relevar los datos necesarios sobre el NNAyJ, por eso hay que solicitarle  los padres los informes Funcionales, como identificar los tipos de apoyo que ha necesitado en distintos espacios. La evaluación funcional se refiere comúnmente a las áreas de Comunicación, autonomía, regulación emocional, motricidad, y riesgos específicos. Como los dirigentes no son especialistas, se requerirá a la familia que dichos informes sean presentados de forma entendible (no por códigos) para un dirigente voluntario que no es educador profesional ni especialista en el área de discapacidad.

               Luego del relevamiento de datos se realiza el análisis de riesgo de las actividades concretas que se realizan en los scouts documentándose los riesgos reales, específicos y verificables.

               Con posterioridad se realizan los ajustes razonables y se define las necesidades de apoyo, modificaciones y supervisión. Esto permite evaluar si lo que necesita el NNAyJ es una carga desproporcionada para el grupo scout.

               Finalmente se realizan los acuerdos con la familia y si la participación del NNAyJ necesitará de un acompañante externo, que será provisto por la familia quien deberá tramitarlo con los organismos correspondientes.

               Los ajustes y acuerdos se realizan cada año y para cada campamento, dependiendo de la evolución del NNAyJ del cambio de condiciones.


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